Título IX

Título IX – Enmiendas educativas de 1972

Título IX – Enmiendas educativas de 1972 “Ninguna persona en los Estados Unidos será excluida, por motivos de sexo, de participar, se le negarán los beneficios o será sometida a discriminación…

Política del Título IX de la Escuela Menonita del Este

De conformidad con el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 (“Título IX”), Eastern Mennonite School (la “Escuela”) no discrimina por motivos de sexo en sus programas y actividades educativos, ofertas de cursos, ayuda financiera, deportes o empleo.

Además de esta política del Título IX, la escuela ha establecido políticas separadas que, entre otras cosas: (1) describen las pautas de presentación de informes obligatorias de la escuela; (2) describir los procesos de la escuela para gestionar las relaciones interpersonales de forma segura y adecuada; y (3) buscar prevenir la discriminación, el acoso y la violencia por motivos de sexo. Consulte el Manual del estudiante o el Manual del empleado de la escuela, según corresponda, para obtener más información sobre estas políticas.

También se anima a los estudiantes, padres/tutores y empleados a comunicarse con el director de la escuela, el director de K-8, el director de la escuela secundaria, el director de asuntos comerciales, el coordinador de salud escolar y/o los consejeros escolares si tienen alguna pregunta. o inquietudes con respecto a estas políticas. La escuela cree que la comunicación abierta sobre estos temas delicados es integral para prevenir que ocurran faltas de conducta graves y es esencial para fomentar una cultura de responsabilidad personal, responsabilidad mutua y liderazgo positivo.

Coordinador de Cumplimiento 

El coordinador de cumplimiento es responsable de administrar y garantizar el cumplimiento de la escuela con el Título IX. Para garantizar el cumplimiento del Título IX en todas las facetas de la operación de la escuela, el coordinador de cumplimiento coordinará con la administración de la escuela para implementar y administrar esta política y los procedimientos de quejas relacionados de la escuela para resolver las quejas del Título IX. El coordinador de cumplimiento también es responsable de investigar quejas de discriminación, acoso, violencia u otras acusaciones relacionadas con violaciones del Título IX; trabajar con las autoridades en relación con dichas quejas cuando sea necesario; y garantizar que las quejas se resuelvan de manera rápida y adecuada en la medida de lo posible. El coordinador de cumplimiento puede delegar estas funciones a otros empleados de la escuela o investigadores externos, según sea necesario y a su exclusivo criterio, para garantizar la resolución rápida y adecuada de cualquier queja.

Las quejas deben presentarse utilizando este formulario o comunicándose con el coordinador de cumplimiento. El coordinador de cumplimiento recibirá una queja presentada con este formulario para determinar si se incluye en los mandatos del Título IX para una revisión completa del Título IX.

El coordinador de cumplimiento (o su designado) también puede reunirse con los estudiantes, padres/tutores y/o empleados de la escuela con respecto a sus derechos y obligaciones bajo el Título IX y para abordar cualquier pregunta relacionada con el cumplimiento de dichas obligaciones por parte de la escuela.   

Las consultas sobre esta política, el Título IX y cualquier cuestión relacionada con la discriminación basada en el sexo deben dirigirse al coordinador de cumplimiento de la escuela:

Name:  Debbie Katz
Title: High School Counselor and Title IX Compliance Coordinator
Office Address: 801 Parkwood Drive, Harrisonburg, Virginia
Telephone Number: 540-236-6022
Email Address: katzd@easternmennonite.org

Acoso por motivos sexuales 

La Escuela prohíbe el acoso sexual por parte de estudiantes, empleados o terceros cuando la conducta es lo suficientemente grave como para negar o limitar la capacidad de un estudiante de participar o beneficiarse de los programas y actividades educativos de la Escuela; la sumisión o el rechazo de dicha conducta se convierte, ya sea explícita o implícitamente, en un término o condición de admisión o empleo o en la base para una decisión de admisión o empleo; o dicha conducta tiene el propósito o efecto de interferir injustificadamente con el desempeño o crear un ambiente de aprendizaje o trabajo intimidante, hostil, humillante o sexualmente ofensivo.

El Título IX prohíbe varios tipos de acoso sexual. A los efectos de esta política, se aplican las siguientes definiciones. El acoso sexual significa una conducta no deseada que está relacionada con el sexo de un individuo o el sexo de otra persona. La violencia sexual es una forma de acoso sexual y se refiere a actos sexuales físicos perpetrados contra la voluntad de una persona o cuando un individuo es incapaz de dar su consentimiento ( por ejemplo , debido a la edad del individuo o al uso de drogas o alcohol, o porque un intelectual u otra discapacidad impide que el individuo tenga la capacidad de dar su consentimiento). Varios actos diferentes entran en la categoría de violencia sexual, incluida la violación, la agresión sexual, la agresión sexual, el abuso sexual y la coerción sexual. El acoso por motivos de género es otra forma de acoso por motivos sexuales y se refiere a conductas no deseadas basadas en el sexo real o percibido de un individuo, incluido el acoso basado en la identidad de género o la disconformidad con los estereotipos sexuales, y que no necesariamente involucran conductas de naturaleza sexual. Todos estos tipos de acoso sexual son formas de discriminación sexual prohibidas por el Título IX.

La conducta de acoso puede adoptar muchas formas, incluidos actos verbales e insultos, así como comportamiento no verbal, como declaraciones gráficas y escritas, o conducta que sea físicamente amenazante, dañina o humillante. Cuanto más severa sea la conducta, menos necesidad habrá de mostrar una serie repetitiva de incidentes para demostrar un ambiente hostil, particularmente si la conducta es física. De hecho, un incidente único o aislado de violencia sexual puede crear un ambiente hostil.

El acoso sexual puede ocurrir entre estudiantes, entre estudiantes y empleados, entre empleados, entre estudiantes y terceros, y entre empleados y terceros, independientemente del género de la víctima y el acosador.

Proceso de quejas e investigación

La responsabilidad de investigar las quejas (y/o designar a otras personas para realizar investigaciones) según esta política ha sido asignada al Coordinador de Cumplimiento. Los estudiantes o empleados que experimenten o sean testigos de una conducta que viole esta política deben informarlo inmediatamente al Coordinador de Cumplimiento o a cualquier miembro de la administración de la Escuela. Cualquier miembro de la administración de la Escuela que reciba una queja debe informarla inmediatamente al Coordinador de Cumplimiento.

Las quejas pueden reportarse oralmente o utilizando el Formulario de quejas del Título IX de la escuela. El Formulario de queja del Título IX se puede obtener del Coordinador de Cumplimiento o del Director de la escuela.

Al recibir una queja, el Coordinador de Cumplimiento (o su designado) llevará a cabo de inmediato una investigación de tal manera que se mantenga la confidencialidad en la medida que sea práctico según las circunstancias. El Coordinador de Cumplimiento (o su designado) llevará a cabo la investigación de conformidad con los Procedimientos de Quejas del Título IX de la Escuela.  

Cualquier estudiante o empleado que haya acosado a otro estudiante o empleado estará sujeto a medidas disciplinarias (que pueden incluir la expulsión y/o el despido). La Escuela también tomará las medidas correctivas adecuadas para abordar el acoso por parte de terceros.

Prohibición de represalias 

Están estrictamente prohibidas las represalias o represalias por parte de cualquier estudiante o empleado contra denunciantes, testigos o cualquier otra persona que denuncie acusaciones de acoso sexual, discriminación y/o violencia o proporcione información para ayudar en una investigación. Las personas que crean que han sufrido represalias en relación con dicha acción deben informar inmediatamente dicha conducta al Coordinador de Cumplimiento.

Cualquier estudiante o empleado que haya tomado represalias contra un estudiante o empleado en relación con un informe de buena fe de acoso o discriminación por motivos de sexo estará sujeto a medidas disciplinarias (que pueden incluir la expulsión y/o el despido). 

 

Debbie Katz
High School Counselor and Title IX Compliance Coordinator
Email: katzd@easternmennonite.org
Phone: 540-236-6022.

Eastern Mennonite School no discrimina por motivos de raza, color, discapacidad, origen nacional o étnico o religión, y admite a los estudiantes a todos los derechos, privilegios, programas y actividades generalmente concedidos o puestos a disposición de los estudiantes en la escuela.